Los errores en la documentación de la venta o no de unas fincas pertenecientes o no a la Infanta
El notario de la capital escribió un detalle del documento de forma errónea y lo firmó, lo entregó al solicitante y cobró el estipulado emolumento. El contribuyente, tras el trámite realizado, recogió el escrito y poco después lo trasladó a otro despacho, en la periferia, que lo esperaba para completar una operación de compraventa. Una vez en la otra sede el segundo notario se dispuso a confirmar la permuta de un inmueble entre un particular y una empresa constructora.
Cuando se estaba cerrando la comercialización observó este funcionario público el mencionado yerro y señaló que se debía corregir por lo que el contribuyente debería solicitar un nuevo documento ante la notaría capitalina. Mientras tanto se negaba a notorizar el trámite. Vuelta a empezar. Se demanda un nuevo documento en la primera sede subrayando entonces que en el anterior se cometió un error por lo que se rogaba la corrección del mismo sin tener que abonar una nueva tarifa. Pero el notario indicó que el traspié no era de su incumbencia ya que debía sustituir poder de firma por autorización escrito en el primero y no había lugar para no cobrar el arancel en un distinto y numerado impreso.
De nuevo en la periferia se reúnen las partes para finalizar sin error la operación. Mira por donde, al trasladar al papel la descripción de la compraventa, el funcionario de la segunda ciudad se equivoca en el contenido y uno de los presentes le advierte el desliz. Como los impresos para realizar estos trámites están controlados por la Administración lo que correspondía era iniciar un nuevo escrito en un diferente formulario, por supuesto sin coste alguno para los solicitantes y a cargo del fedatario público que era el responsable del error.
Pero no fue así. El funcionario, sin inmutarse, tachó su fallo, terminó el escrito y lo registró con el mencionado tachón. No hubo que abonar dos documentos como sí había exigido en la incorrección anterior. El suyo había sido un desliz sin importancia y no se aplicaría tarifa alguna ni se iniciaba en un nuevo impreso.
Cuento esto a propósito de los errores habidos en la documentación que se gestiona para la instrucción del proceso del «caso Nóos», sobre la venta o no de unas fincas pertenecientes o no a la infanta Cristina. El «resbalón» lo dirimen tres estamentos estatales en los cuales se deposita toda la confianza oficial, el Ministerio de Hacienda, el Consejo General de Notarios y el Colegio de Registradores. Han pasado los días y el misterio continúa puesto que se han reconocido fallos pero no por qué se han producido. El hermetismo por parte del departamento ministerial fue casi absoluto, desde él se echaron balones fuera, insinuaron que la falta la tenían los demás pero terminó dimitiendo la directora de la Agencia Tributaria, Beatriz Viana, aunque «por razones personales». Hacienda solamente ha reconocido dos errores, los once restantes los atribuye a los fedatarios públicos. Entre éstos se señaló la «ínfima» posibilidad de culpa por su parte y de la eventualidad de una pifia informática. Es decir, pasados los días, nadie tuvo la culpa.
Lo que queda por decir es que este no es un cuento que acabe bien, como la mayoría de los cuentos. Es un reflejo de la realidad que anima a la chanza y contribuye a la frivolización y desvío del objetivo de un proceso riguroso que preocupa al contribuyente. La fe en fedatarios y recaudador, por los suelos.Publicado en LA NUEVA ESPAÑA el miércoles 10 de julio de 2013http://www.lne.es/opinion/2013/07/10/fedatarios-contribuyente/1439877.html
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