La decisión de la Justicia alemana sobre la extradición a España de Puigdemont
«Una dura derrota para España» era el título de una información en la que se decía que «El Estado español ha sufrido en la Justicia alemana una de sus mayores derrotas judiciales y políticas» desde el estallido de la crisis independentista en Cataluña, «que abrió la peor crisis institucional de las últimas décadas» en nuestro país. Párrafos más delante de esta primera afirmación se decía que «el tribunal alemán de Schleswig-Holstein desautorizó ahora al Supremo español». Finalmente el comentario señalaba que «la medida del tribunal alemán demuestra que la estrategia española sufrió un nuevo revés internacional que la vuelve cada vez más insostenible». Tales contundentes aseveraciones las firmaba Pablo Sanguinetti, corresponsal de la Deutsche Presse Agentur (DPA) y fueron publicadas en los medios españoles.
Derrota, desautoriza, demuestra y otros términos empleados por el periodista no parecen acordes con la labor de la Justicia, las competencias de la misma, la democrática separación de poderes y el contraste de las fuentes. No mencionaba el comentario la versión oficial del «derrotado» Estado español ni la del tribunal «desautorizado» aunque sí alegaba que la medida del tribunal alemán «demuestra» el revés de la Justicia hispana. Y para abundar en la versión de parte, Sanguinetti, redactor de la gran agencia alemana, recogía una frase del abogado de Carles Puigdemont en España, Gonzalo Boye, en la que proclama que «El Tribunal Supremo español debe plantearse ahora si tenemos una justicia europea o no».
Personalmente pienso que las medidas cautelares que ha impuesto el magistrado que instruye el proceso en cuanto a la crisis independentista abierta en Cataluña sobre los acusados entran dentro de la legislación vigente pero parecen excesivas. Evocan una situación que invita a comparar con otros casos, presumiblemente tan graves en los que no se aplican posturas tan drásticas. Pero como lego en leyes solamente expreso una opinión propia sin justificación escolástica alguna.
Quienes sí parecen conocer la legislación comparada son los mencionado Sanguinetti y Boye cuando señalan que un tribunal -de menor rango en niveles europeos- ha «desautorizado» al Tribunal Supremo de todo un Estado soberano dentro de la Unión Europea. Quienes hablan de «derrota» del Estado español cuando existe separación de poderes en una sociedad democrática homologada por el posiblemente más democrático de los entes políticos mundiales: la Unión Europea. Quienes dicen que la medida del tribunal alemán «demuestra» el revés sufrido por la estrategia española a nivel internacional, manifiestan que ello la «vuelve cada vez más insostenible». Ante esto, el abogado aconseja al más alto tribunal español que debe planearse si «tenemos una justicia europea o no». Aunque los jueces alemanes no habían de juzgar el caso y solamente debían estudiar si corresponde o no entregar el huido a la audiencia española, el corresponsal de la ¿prestigiosa? DPA emplea el término «demuestra» y no utiliza «considera»; en vez de no atiende determina «desautoriza», a la vez que duda si son democráticos los tribunales españoles.
No cuestiona ninguno de ellos, informador o letrado, si realmente existe una unión europea de la Justicia, si existe reciprocidad entre los tribunales de los estados miembros. Cabe preguntarse, como se hacía días pasados Luis M. Alonso en estas páginas de LA NUEVA ESPAÑA, «para que sirve una euroorden». Él mismo se respondía: «Sin un principio de confianza mutua entre los sistemas jurídicos de los estados miembros, la Unión Europea pierde su razón de ser».
Publicado en LA NUEVA ESPAÑA el martes 7 de agosto de 2018
https://www.lne.es/noticias-suscriptor/opinion/2018/08/07/respuesta-judicial/2329574.html